Callejón 6to. entre Dátiles y Ave. Las Monjas.
Guayaquil - Ecuador
1.- Cuarentena en Ecuador según el artículo 4 del Decreto 1017 precisa que, desde el 17 de marzo del 2020, la limitación del derecho a la libertad de tránsito en Ecuador "se realizará únicamente con la finalidad específica de mantener una cuarentena comunitaria obligatoria... para prevenir la generación de nuevos contagios en el desarrollo de actividades habituales, las clases están suspendidas en escuelas, colegios y universidades.
2.- Suspensión del trabajo presencial La jornada laboral presencial en los sectores público y privado estará suspendida hasta el martes 31 de marzo del 2020 en Ecuador, para evitar la propagación del covid-19. Los empleados deben quedarse en casa y pueden realizar teletrabajo, en coordinación con sus empleadores, excepto para las áreas que requieren servicios o producción por la emergencia: salud, alimentos, entre otras.
3.- Compras en mercados, farmacias y supermercados El vicepresidente de Ecuador, Otto Sonnenholzner, anunció este sábado 22 de marzo la vigencia de un aislamiento obligatorio en Ecuador para evitar la propagación del coronavirus. "Nadie puede salir de casa, sino un miembro designado por familia a supermercados, farmacias".
4.- Toque de queda la circulación en calles, plazas, espacios públicos y vías del país se prohíbe, el incumplimiento del toque de queda se sanciona hasta con cárcel de uno a tres años.
5.- Restricción de vuelos y de circulaciónDesde la medianoche del martes 17 de marzo están suspendidos por 14 días los vuelos nacionales, el transporte interprovincial y la circulación de automóviles particulares, a excepción de los que cumplen los servicios de las empresas y establecimientos autorizados a seguir funcionando. Asimismo, el arribo de vuelos internacionales comerciales a Ecuador está suspendido hasta el 5 de abril del 2020.
6.- Salvoconductos para circular en la calleHabrá sanciones por mal uso de salvoconducto o por falsear información para obtenerlos, informo la ministra Romo. El documento está restringido para ciudadanos que deben salir a trabajar por la emergencia: personal de salud, seguridad, servicios de riesgos, alimentación, farmacias, medios de comunicación.